No. La pensión alimentaria no se extingue o desaparece cuando el hijo cumple los 21 años de edad. La deuda sigue existiendo por lo que en cualquier momento, se puede reclamar el pago de la misma.
Esa deuda de pensión alimentaria tiene que ser reclamada por el hijo mayor de edad. La madre o el progenitor custodio no tiene derecho a reclamar la misma.
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Editado el 28 de Mayo de 2017 por Leila Hernández