Las Capitulaciones Matrimoniales son un contrato que otorgas con tu futuro cónyuge en el que dispones sobre el régimen económico de tu futuro matrimonio. Ese contrato se otorga frente a un Notario (a) Público y se eleva a escritura pública. No tienes que recurrir al Tribunal para que apruebe el mismo, pues tan solo intervienes tú, tu futuro cónyuge y el Notario. Eso sí, las Capitulaciones Matrimoniales solo son válidas cuando se otorgan ANTES de casarte.
El Notario tiene la obligación de orientarte sobre las disposiciones que puedes incluir en las Capitulaciones Matrimoniales . Comunícate con Abogados a Tu Alcance, al 787-200-6474