9 de Jun de 2014
No. Para que ASUME o el Tribunal puedan incluir el salario de tu cónyuge en un caso de pensión alimentaria en Puerto Rico, tienen que emplazarlo y que forme parte del pleito. Eso es parte del derecho que tiene tu cónyuge a un debido proceso de ley. 787.200.6474 consulta@tusabogadospr.com
11 de Mar de 2014
No, a menos que el Tribunal o tu cónyuge lo autoricen. Se presume que todas las deudas que incurres luego de haber sido presentada la demanda de divorcio, le pertenecen al cónyuge que incurrió en la misma. Comunícate al 787-200-6474 para más información o aclarar cualquier duda que tengas sobre División de Bienes Gananciales.
11 de Mar de 2014
No. Mientras estés casado, aunque estés separado, no puedes reclamar pagosa deudas si los efectúas con dinero ganancial (salario, rentas, etc.) ¡Abogados a Tu Alcance siempre a tus órdenes! Comunícate al 787-200-6474 para más información o aclarar cualquier duda que tengas sobre la División de Bienes Gananciales.
11 de Mar de 2014
No. El desacato por incumplimiento con el pago de la pensión alimentaria no debe ser la primera alternativa. El Juez debe utilizar ese remedio con prudencia. Desde el 1976 nuestro Tribunal Supremo así lo resolvió. Comunícate al 787-200-6474 para más información o aclarar cualquier duda que tengas sobre Pensiones Alimentarias.
11 de Mar de 2014
Las Guías de Pensiones Alimentarias fueron modificadas el 30 de noviembre de 2014. Las mismas, igual que las del 2006 no se utilizan para calcular las pensiones alimentarias de hijos de 21 años o más. Publicado por Lcda. Leila Hernández Umpierre el 28 de febrero de 2016. No. Las Guías de Pensiones Alimentarias del 2006... Ver artículo
11 de Mar de 2014
Entendemos que sí y así se lo recomendamos a nuestros clientes. ¿Por qué? Porque no se laceran los lazos entre el padre y el hijo (si es que esos lazos existen). Si existe una buena comunicación, el padre y el hijo debe sentarse a negociar una pensión alimentaria que cumpla con las necesidades económicas del... Ver artículo
7 de Mar de 2014
No lo pueden hacer. Eso está prohibido constitucionalmente. El encarcelamiento por una deuda de pensión alimentaria obedece a una medida incorporada en nuestro ordenamiento jurídico, como medida coercitiva y en protección de los derechos de los menores de edad y responde a una acción de carácter remediativa y no punitiva, en respuesta a un desacato... Ver artículo
7 de Mar de 2014
En efecto, si te vas a casar fuera de Puerto Rico, pero vas a establecer tu residencia en Puerto Rico, te recomendamos que otorgues las Capitulaciones Matrimoniales en Puerto Rico. Recuerda que tienes que otorgar las Capitulaciones Matrimoniales antes de casarte y que las mismas no pueden ser modificadas luego de que te cases. Si... Ver artículo
7 de Mar de 2014
Nota: Las Guías de Pensiones Alimentarias fueron modificadas el 30 de noviembre de 2014, por lo tanto, la manera en que se calcula la pensión alimentaria cambió sustancialmente. Publicado por Lcda. Leila Hernández Umpierre el 28 de febrero de 2016 Pensiones Alimentarias = Pensión Alimentaria Básica + Pensión Alimentaria Suplementaria La pensión alimentaria se compone... Ver artículo
7 de Mar de 2014
A menudo recibimos consultas en la que se nos pregunta si en PR, quedas automáticamente divorciado al pasar los años y estar separado de tu cónyuge. La respuesta es que no. Tal como para estar casado legalmente, requieres casarte y cumplir con los requisitos para ello, para divorciarte requieres recurrir al Tribunal. Continuamente les menciono... Ver artículo