13 de Jul de 2010
Una de las causales de divorcio establecidas en nuestro ordenamiento jurídico es la separación de los cónyuges por un término ininterrumpido de dos (2) años o más. Desde el 1988, nuestro Tribunal Supremo resolvió en el caso de Luis A. Cosme v. Marchand, 121 DPR 225, que la mera ausencia de relaciones sexuales en un... Ver artículo
13 de Jul de 2010
Certificados de Nacimiento emitidos con anterioridad al 1 de julio de 2010 serán válidos hasta el 30 de septiembre de 2010, según la Ley 68 aprobada el pasado 25 de junio de 2010. Abogados a Tu Alcance, Tus Abogados en Puerto Rico 787-200-6474
23 de May de 2010
En ocasiones, nuestros clientes, se ha confrontado con la situación en la que su cónyuge ha cometido adulterio e interesan presentar una demanda de daños y perjuicios contra el amante o la amante de su cónyuge. Sin embargo, no procede una acción de daños y perjuicios contra el o la amante de su cónyuge. A... Ver artículo
23 de May de 2010
Este Proyecto de Ley no fue aprobado. Actualmente, la fijación o aumento de la pensión alimentaria se hace efectiva a la fecha en que fue solicitada. Sin embargo, la rebaja de la pensión alimentaria se hace efectiva a la fecha en que el Tribunal o ASUME emite la Resolución. Lcda. Leila Hernández Umpierre -28 de... Ver artículo
23 de May de 2010
En efecto, si efectúas aportaciones a sistemas de retiro, ya sea a un sistema de retiro gubernamental o privado, dichas aportaciones son gananciales. Pero, ¿qué significa eso? Eso significa que en un divorcio, tu cónyuge tiene derecho a la mitad de dichas aportaciones. No importa que no puedas retirar las aportaciones al momento del divorcio,... Ver artículo
22 de Abr de 2010
En efecto, al viudo o la viuda se le considera heredero forzoso tan solo en cuanto a la cuota viudal usufructuaria. ¿Qué es? Es el derecho a usar y disfrutar de cierta parte del caudal hereditario cuya cuantía depende del número de herederos forzosos que concurran con el viudo o la viuda en la distribución... Ver artículo
19 de Abr de 2010
En efecto, si cuando te casaste con tu cónyuge no otorgaste Capitulaciones Matrimoniales, constituiste con tu cónyuge una sociedad legal de gananciales. Dicha sociedad es responsable por satisfacer las necesidades de los hijos habidos en el matrimonio así como por los hijos habidos fuera de matrimonio. Ahora bien, para que te puedan incluir en un... Ver artículo
4 de Abr de 2010
Sí, los abuelos están obligados a pagar pensión alimentaria bajo ciertas circunstancias. Nos explicamos. La obligación legal de los abuelos de alimentar a sus nietos que surge de los Arts. 143 y 144 del Código Civil; y es de naturaleza subsidiaria. Esto es, surge cuando los padres no pueden proveerle a sus hijos los alimentos,... Ver artículo
3 de Abr de 2010
Los mecanismos de descubrimiento, tales como interrogatorios, requerimiento de admisiones y requerimiento de producción de documentos son sumamente importantes en un caso de pensiones alimentarias. ¿Pero por qué? Porque la información que necesitamos no necesariamente surge de la Planilla de Información Personal y Económica (PIPE) que las partes tienen que llenar; debido a que de... Ver artículo
3 de Abr de 2010
TRABAJADOR sufriste un accidente en el trabajo, fuiste al FONDO y cuando te dieron de alta ¿No estás de acuerdo con lo que el Fondo del Seguro del Estado decidió? Si no estás de acuerdo con la determinación tomada en tu caso tienes el derecho a que la misma sea revisada, apelándola en la Comisión... Ver artículo