Patria Potestad – Privación

La patria potestad es el conjunto de derechos y obligaciones que tienen los progenitores sobre sus hijos menores de edad. Ello significa que ambos deben velar por el interés y bienestar de sus hijos y tomar determinaciones en conjunto.

Sin embargo, a un progenitor se le puede privar de la patria potestad por las causas identificadas en el Art. 615 del Código Civil de 2020, y entre ellas, se encuentran las siguientes:

  • Si no visita a sus hijos o mantiene contacto con ellos regularmente, aún teniendo los medios para hacerlo.
  • Si no provee una cantidad razonable para la mauntención de sus hijos.
  • Causar daño o poner en riesgo a sus hijos.
  • Abandonar voluntariamente a sus hijos.
  • Incurrir en ciertas conductas que, de procesarse por la vía criminal, constituirían ciertos delitos, tales como asesinato, homicidio y otros.

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