División de Bienes Gananciales

La División de los Bienes Gananciales consiste en dividir y distribuir entre los ex-cónyuges todos los bienes que adquirieron en el matrimonio y todas las deudas incurridas.  El proceso conlleva preparar un inventario de bienes y deudas.  Para determinar cuáles bienes y qué deudas tienen que ser distribuidas es necesario primero identificar si las mismas le pertenecen a la sociedad legal de gananciales.  En Abogados a Tu Alcance contamos con la experiencia  y los conocimientos requeridos para que puedas reclamar y obtener lo que en derecho te corresponde.

Cuando contraes matrimonio sin haber otorgado Capitulaciones Matrimoniales, todos los bienes y todas las deudas que adquieras después de casarte le pertenecen a la sociedad que estableces con tu cónyuge.  A dicha sociedad se le denomina “Sociedad Legal de Gananciales”.

Dicha Sociedad deja de existir cuando se decreta el divorcio, se anula el matrimonio o muere alguno de los cónyuges. Desde el momento en que deja de existir, nace una comunidad de bienes entre los ex cónyuges.

En un proceso de divorcio usualmente no se dividen los bienes y las deudas, por lo que resulta necesario instar un pleito independiente con posterioridad al Divorcio. Claro, si se logra llegar a un acuerdo para la división de los bienes y deudas, no es necesaria la presentación de la Demanda.

De la única forma en que en un proceso de divorcio se dividen los bienes y las deudas es cuando te divorcias por la causal de Divorcio por Consentimiento Mutuo.

Por lo tanto, si no te divorcias por consentimiento mutuo o llegas a acuerdos con la otra parte, estarás obligado a presentar, luego de que el divorcio se convierta en final y firme [1], una demanda de División de Bienes Gananciales [2].

Tipos de Bienes y Deudas

Bienes Gananciales

Son bienes gananciales, en términos generales [3]:

  1. Todos los bienes adquiridos durante el matrimonio con dinero que proviene de la sociedad de gananciales;
  2. Todos los bienes que se hayan adquirido con los salarios, ingresos o trabajo, de cualquiera de los cónyuges;
  3. Todos los ingresos que se obtienen por renta de bienes inmuebles de la sociedad de gananciales o de los privativos de los cónyuges;
  4. Las ganancias obtenidas en juegos;
  5. Las aportaciones a planes de retiro de cualquiera de los cónyuges [4]

Bienes Privativos

Son bienes que no son gananciales y que le pertenecen privativamente a tan solo uno de los cónyuges.   A continuación, una lista de ejemplos de bienes privativos:

  1. Aportaciones al Seguro Social
  2. Grados académicos obtenidos durante el matrimonio
  3. Beneficios de retiro recibidos luego de disuelto el matrimonio
  4. Créditos que tenía alguno de los cónyuges antes de contraer matrimonio, aunque los reciba durante el matrimonio.
  5. Compensación recibida por cualquiera de los cónyuges por daños físicos o morales [5]
  6. Compensación recibida por cualquiera de los cónyuges por daños emocionales [6]

Deudas y Obligaciones Gananciales

  1. Todas las deudas y préstamos contraídas durante el matrimonio por cualquiera de los cónyuges.
  2. Los atrasos de deudas relacionadas con bienes tanto privativos, como gananciales.
  3. Los alimentos de hijos habidos dentro y fuera del matrimonio
  4. Los préstamos personales en que incurra cualquiera de los cónyuges durante el matrimonio.

Procedimiento Legal

Si no logras un acuerdo con tu ex cónyuge sobre la división de los bienes y las deudas de la sociedad legal de gananciales, tienes que presentar una Demanda de División en el Tribunal de Primera Instancia.

El proceso da inicio con la presentación de una demanda en la que se detallan los bienes y las deudas que se interesan dividir. Luego comienza el descubrimiento de prueba en el que las partes tienen la oportunidad de recopilar toda la prueba documental o testifical necesaria que en su día será presentada en el juicio.

Recuerda que la madre o padre custodio de hijos menores de edad tiene el derecho de reclamar hogar seguro y el padre o madre, no custodio, no puede solicitar su participación en el bien inmueble que constituye el hogar seguro de los menores, hasta que el menor de ellos advenga a su mayoría de edad.

 Créditos que se pueden reclamar

Comencemos por indicar que mientras las partes no se divorcien, aunque estén separados, les continúa perteneciendo a ambos, todo los bienes que se adquieran y las deudas en que incurran.  Es la sociedad legal de gananciales que aún tienen constituida la que está obligada a continuar pagando las deudas del matrimonio.

Ahora bien, si luego de decretado el divorcio, pagas deudas gananciales, tienes derecho a reclamar el crédito correspondiente.  También tienes derecho a reclamar cualquier mejora que le hayas efectuado un bien inmueble ganancial que haya resultado en un incremento del valor de la propiedad.

Deudas o transacciones luego de presentada la Demanda de Divorcio

Cualquier deuda que incurra cualquiera de los cónyuges, luego de presentada la demanda de divorcio se presume que es una deuda privativa del cónyuge que incurrió en la deuda, a menos que el otro cónyuge o el Tribunal hayan autorizado la misma. Tampoco será válida alguna transacción que se efectúe con cargo a la sociedad legal de gananciales, sin autorización del Tribunal. [7]

Duración del proceso legal

Todo ello depende de la agilidad del Tribunal en el señalamiento de las vistas, así como de la eficiencia de las partes en el cumplimiento de los términos dispuestos en nuestro ordenamiento jurídico tanto para contestar la demanda como con el proceso de descubrimiento de prueba. El proceso puede tardar mucho más de un (1) año, ya que se lleva a cabo en un proceso civil ordinario. Inclusive, los Jueces de las salas de Familia (en donde obtuviste el divorcio) no intervienen en la demanda de división de bienes.

En ocasiones y dependiendo de la complejidad y cantidad de los bienes, se requiere la contratación de peritos que ayuden en la división. En ocasiones, cuando la situación es compleja, el Tribunal designa a Contadores Partidores para que efectúen la división. Ello puede incrementar en gran medida los gastos del proceso que, al fin y al cabo, tendrán que ser sufragados por ambas partes.
Asimismo, se requiere la contratación de tasadores, para que puedan valorar los bienes inmuebles.

Representación Legal

En el proceso requieres representación legal, ya que necesitas tener conocimiento sobre las Reglas de Procedimiento Civil así como de las Reglas de Evidencia. Además, es de vital importancia, el conocimiento sobre lo que constituyen los bienes y las deudas gananciales, así como los créditos que cada uno puede reclamar.

Es extenso el derecho sustantivo que rige la materia de la división de la sociedad legal de gananciales. Y a mayor cantidad y variedad de bienes y deudas, mayor es la complejidad del proceso.

Honorarios de Abogado

Los honorarios de abogado en este tipo de casos depende de la complejidad del caso. Pero en Abogados a Tu Alcance nos ajustamos a las necesidades de nuestros clientes.

El cliente tiene que pagar los gastos de la demanda, que incluyen los gastos de sellos, emplazamientos, los gastos relacionados con el descubrimiento de prueba y cualquier otro gasto que sea necesario en el proceso.

Sin embargo, siempre le recomendamos a nuestros clientes que se efectúen gestiones dirigidas a llegar a acuerdos extrajudiciales con anterioridad a la presentación de la demanda; de modo que el cliente se ahorre una cantidad sustancial de dinero.

En Abogados a Tu Alcance, Tus Abogados en Puerto Rico, podemos ayudarte en el proceso, ya sea en el Tribunal o efectuando las gestiones necesarias para llegar a acuerdos extrajudiciales.  Te invitamos que te comuniques con nosotros al 787-200-6474 para coordinar una cita.  También puedes comunicarte con nosotros mediante el correo electrónico consulta@tusabogadospr.com.  La orientación que te ofreceremos te será de gran utilidad para tomar determinaciones que redunden en tu beneficio.

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  1. La sentencia de divorcio se convierte en final y firme a los 30 días de que el Tribunal notifique la misma
  2. La demanda de División de Bienes Gananciales se presenta en el Tribunal correspondiente a la residencia del demandado.
  3. La lista no incluye la totalidad de los bienes gananciales.
  4. Si bien es cierto que las aportaciones de los cónyuges a planes de retiro son gananciales, las pensiones de retiro que se reciben luego del divorcio, son privativas.  Así lo resolvió nuestro Tribunal Supremo en Maldonado v Tribunal, 100 DPR 370 (1972).
  5. Según resuelto por el Tribunal Supremo de Puerto Rico en Fonseca v Rodríguez, 180 DPR 623 (2011).
  6. Según resuelto por el Tribunal Supremo de Puerto Rico en Maldonado v Banco Central, 138DPR 268 (1995).
  7. Según resuelto por el Tribunal Supremo de Puerto Rico en Muñiz Noriega v Muñoz, 177 DPR 967 (2010).