En el proceso de divorcio se pueden solicitar varias medidas provisionales. Dichas medidas son efectivas exclusivamente durante el proceso de divorcio, a menos que el Tribunal disponga otra cosa.
Entre las medidas que pueden se pueden solicitar, se encuentra la relacionada con Alimentos pendente-lite, que consiste en alimentos que el Tribunal puede conceder a cualquiera de los cónyuges mientras se resuelve el proceso de divorcio. Ello ocurre usualmente cuando uno de los cónyuges tiene el control de todos los activos de la sociedad legal de gananciales, incluyendo cuentas bancarias, salarios, etc.
Es necesario distinguir entre los alimentos pendente-lite de la pensión alimentaria ex cónyuge. Esta última procede cuando las partes están divorciadas, mientras que los alimentos pendente-lite se refieren a alimentos que se conceden únicamente durante el trámite de divorcio. En el pasado, esta medida era utilizada en gran medida, por las mujeres, ya que el hombre era el que usualmente tenía el control de las finanzas de la sociedad legal de gananciales. Actualmente, y desde hace varias décadas, al incorporarse la mujer en el mercado laboral y ésta tener acceso a ingresos producto de su trabajo o industria, dicha medida es utilizada con menor frecuencia.
Asimismo, y a solicitud de cualquiera de los cónyuges el Tribunal puede ordenar cualquier otra medida provisional relacionada con dinero depositado en cuentas bancarias, cuentas de retiro, etc., con el propósito de evitar que el cónyuge que tiene control sobre las mismas efectúe transacciones en detrimento del otro cónyuge.
El propósito es proteger los activos (bienes) de la sociedad legal de gananciales, y evitar que se efectúen transacciones que afecten adversamente a la sociedad legal de gananciales o a cualquiera de los cónyuges. También el Tribunal puede disponer sobre asuntos relacionados con el pago de deudas u otros compromisos de la sociedad legal de gananciales.
No podemos perder de perspectiva que también pueden ser solicitadas medidas relacionadas con los hijos menores de edad, tales como patria potestad y custodia.
Usualmente, las medidas provisionales son solicitadas al inicio del pleito, con la presentación de la demanda. Pero también pueden solicitarse en cualquier momento durante el proceso.
Conocemos que el proceso de divorcio conlleva grandes cargas emocionales, sin embargo, con anterioridad al inicio del proceso y preferiblemente con anterioridad a la separación, los cónyuges deben tener información sobre todos los activos de la sociedad legal de gananciales, de modo que en su momento se puedan solicitar medidas que, en efecto, protejan los intereses de los cónyuges. Te invitamos a que revises las recomendaciones que a diario le ofrecemos a nuestros clientes y que se encuentran en el siguiente enlace: Divorcios en Puerto Rico.
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