No, a menos que el Tribunal o tu cónyuge lo autoricen. Se presume que todas las deudas que incurres luego de haber sido presentada la demanda de divorcio, le pertenecen al cónyuge que incurrió en la misma.
Comunícate al 787-200-6474 para más información o aclarar cualquier duda que tengas sobre División de Bienes Gananciales.