Pensión Alimentaria ¿ASUME o los Estados Unidos?

Traslados a los Estados Unidos  – Caos en ASUME.

Con la movilización de cientos de miles de puertorriqueños hacia los Estados Unidos, son comunes  las controversias que surgen con las pensiones alimentarias que fueron fijadas en Puerto Rico.

La  Ley Uniforme Interestatal sobre Alimentos para la Familia  es la que dispone si Puerto Rico mantiene jurisdicción sobre asuntos relacionados con la pensión alimentaria.  Como norma general, Puerto Rico continuará teniendo facultad para modificar esa pensión alimentaria, y para hacer cualquier trámite relacionado con la pensión alimentaria si la misma fue fijada en Puerto Rico.  Sin embargo, existen sus excepciones.

Recientemente, están ocurriendo situaciones en la que ambos progenitores trasladaron su lugar de residencia hacia los Estados Unidos, y el progenitor custodio «abre» un caso en el Estado en el que reside y por consiguiente, el progenitor obligado comienza a pagar la pensión alimentaria en ese Estado.

A pesar de que se le notifica de la situación a la Administración para el Sustento de Menores (ASUME) , ésta opta por mantener abierto el caso; y como resultado, el progenitor obligado aparece como deudor cuando lo cierto es que no adeuda cantidad alguna.

El progenitor que paga la pensión alimentaria se entera la situación cuando el Estado en donde reside retiene su reintegros de las Contribuciones sobre Ingresos o cualquier ayuda que tiene derecho a recibir, tal como sucedió recientemente con el estímulo económico otorgado por la pandemia del COVID-19.

Para colmo, ASUME no le envía al progenitor custodio ese dinero, por lo tanto, ni el menor se beneficia de la ineficiencia de la ASUME.  ¿Qué hace ASUME con ese dinero? Suponemos que los deposita en una cuenta hasta que alguien solicite resolver la controversia.

¿Qué debes hacer?  Presentar un recurso ante la ASUME y para eso cuentas con Abogados a Tu Alcance. Contamos con la experiencia y conocimientos que necesitas.

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