Pensión Alimentaria a hijos de 18 años o más

¿Tienes que pagar la pensión alimentaria a tu hijo que cumplió 18 años y no está estudiando?

En efecto, tienes que continuar pagando la pensión alimentaria ya que en Puerto Rico la mayoría de edad se alcanza cuando se cumplen los 21 años.  No tendrías que pagarla si el hijo o hija se casó o se enmancipó.

¿Y si ese hijo reside en los Estados Unidos en donde la mayoría de edad se alcanza a los 18 años?  Si la pensión alimentaria se fijó en Puerto Rico, tienes que continuar pagando la pensión alimentaria.

Dialoga con tu hijo, procura que él conozca que cuenta con tu apoyo, y que tiene alternativas para progresar.

Llama a Abogados a Tu Alcance, Tus Abogados en Puerto Rico al 787-200-6474 para más información.