Si te encuentran “culpable” en un divorcio por trato cruel, abandono o adulterio, ¿qué efecto tiene en la división de los bienes?

No tiene efecto alguno. Muchas personas se creen que el cónyuge “culpable” en un divorcio en Puerto Rico por trato cruel, abandono o adulterio no tiene derecho a reclamar su participación en los bienes que adquirieron en su matrimonio. Ello no es correcto.

La “culpabilidad” en divorcios culposos (trato cruel, abandono y adulterio) no tiene efecto alguno en la división de los bienes. Lo que le corresponde a cada cual (la mitad de los bienes y las deudas) se mantiene igual independientemente del resultado de quién sea el “culpable”. La sociedad legal de gananciales es un régimen económico, que nada tiene que ver con el comportamiento o actuaciones de las partes relativas al trato hacia la otra parte.

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